Protocolo Riesgos Psicosociales
A partir del 1 de septiembre de 2015, se estableció la obligatoriedad que todas las empresas deben medir su nivel de riesgo psicosocial, independiente de su rubro o tamaño. Su cumplimiento es fiscalizado por organismos fiscalizadores como la inspección del trabajo y la autoridad sanitaria, en caso de no cumplirse el desarrollo de este protocolo, las empresas se exponen a multas de 1 a 1000 UTM, pudiendo incluso llegar a dos mil UTM en segunda instancia.
Para el desarrollo de este protocolo, contamos con un equipo multidisciplinario el cual asiste a la empresa en el desarrollo de esta metodología, bajo los estándares requeridos por el protocolo SUSESO ISTAS 21.
Para ello asistimos en las distintas etapas del proceso, que son la organización del comité de riesgos psicosociales (cuyos participantes son representantes de distintos ámbitos de la organización), dejar evidencia de su gestión preventiva, tomar decisiones sobre la base de los resultados del instrumento diagnóstico para el análisis y evaluación por parte del mismo comité, con miras al aseguramiento de un óptimo ambiente laboral.
Como actividades puntuales también contamos con módulos de talleres dirigidos a las dimensiones sobre las cuales hayan obtenido resultados descendidos en la realización del diagnóstico.
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